En materia ambiental

1. AUDITORIAS AMBIENTALES INTERNAS (AAI).

Las Auditorías Ambientales Internas practicadas por nosotros cumplen con los términos de referencia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), sin necesidad de involucrar a los inspectores de la misma, verificando en detalle las instalaciones, equipos y operación dentro de la planta, mediante la aplicación de los respectivos cuestionarios por rubro ambiental que van desde la información general, hasta el chequeo de la operación del proceso, Normas Oficiales Mexicanas (NOMs) en cuanto a legislación ambiental, contaminación del aire, del agua y del suelo, equipos anticontaminantes, tanques bajo tierra, tanques de almacenamiento sujetos a presión, servicios, planes de contingencia y políticas de protección al medio ambiente. Normalmente se hace una inspección acuciosa de las instalaciones, la que toma varios días dependiendo del tamaño y complejidad de la planta, dependiendo si se requieren o no mediciones adicionales a las presentadas por el cliente.

2. AUDITORIA PROYECTOS DE CERTIFICACIÓN PROFEPA (APC).

Se brinda el servicio de Asesoría Permanente en base a un ejercicio preliminar que consiste en un Diagnóstico Ambiental, con objeto de diseñar e implementar un Programa de Administración Ambiental en las empresas interesadas en ingresar voluntariamente al Programa Nacional de Auditoría Ambiental coordinado y desarrollado por la PROFEPA. El servicio consiste en mostrar a las empresas todos los requisitos y obligaciones ambientales de carácter administrativo y operativo, que debe realizar, fundamentado siempre en su vinculación con la legislación ambiental vigente en los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal, así como elaborar y trabajar en un plan de acción para cumplir con esas actividades, asesorar durante todo el proceso de registro, contratación del grupo auditor, el desarrollo de la Auditoría Ambiental, la ejecución de algún Plan de Acción resultante y la coordinación entre el Grupo Auditor y la empresa para la entrega de las evidencias de cumplimiento, seguimiento al Dictamen de Terminación emitido por el Grupo Auditor, así como al trámite de validación de PROFEPA y expedición del Certificado, el cual dependiendo del giro de la empresa podrá ser de: Industria Limpia, Calidad Ambiental Turística, Cumplimiento Ambiental o bien cualquier otro de los Certificados que otorga la PROFEPA.

3. EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA).

Toda instalación que por su actividad y/o su ubicación se encuentre regulada por el Artículo 5to del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en Materia de Impacto Ambiental o bien por alguna reglamentación estatal o municipal en esa materia, ya sea por tratarse de la construcción de una empresa nueva o bien por la ampliación de sus instalaciones, o por aumentos en la producción, o cambio de uso de materia prima, o cambio de energéticos y/o procesos, incremente sus emisiones a la atmósfera, agua o suelo – reportadas en su Licencia de Funcionamiento y en la Cédula de Operación Anual-, quedará sujeta a la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental o Informe Preventivo de Impacto Ambiental, cuyas modalidades dependerán de la autoridad que competa evaluar y dictaminar este tipo de estudios.

4. ESTUDIO TÉCNICO JUSTIFICATIVO (ETJ) PARA CAMBIO DE USO DE SUELO (CUS).

Este estudio representa la cuantificación del volumen forestal presente en un predio donde se establecerá un proyecto, el cual requerirá del Cambio de Uso de Suelo (CUS), definido por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable como la: “remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales”. El estudio se deberá ingresar a SEMARNAT, además de llevar a cabo una presentación de los resultados en una de las reuniones mensuales del Consejo Forestal Estatal.

5. PROGRAMAS DE PROTECCIÓN DE ESPECIES DE FLORA Y FAUNA (PPEFF) Y PROGRAMAS DE REFORESTACIÓN (PR).

Estos Programas dan complemento al Estudio Técnico Justificativo (ETJ), así como a la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) o bien, por solicitud expresa de la empresa promovente o de la autoridad correspondiente, en los cuales de acuerdo al muestreo, trampeo y análisis estadístico de especies de flora y fauna, se puede determinar qué especies están sujetas a algún régimen de protección especial, de tal forma que se plasmen las actividades a realizar para garantizar su conservación, así como las actividades a realizar una vez que se abandone el sitio, pudiendo ser programas de reforestación o bien, como medida de compensación en algún otro sitio.

6. ESTUDIO DE RIESGO AMBIENTAL (ERA) Y PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES (PPA).

El objetivo general de un Estudio de Riesgo es detectar, dimensionar y priorizar los riesgos potenciales inherentes al manejo de sustancias químicas y materiales combustibles, para tener claros los impactos y áreas de afectación que se generarían en el entorno ante una eventualidad mayor fuera de control, y proponer alternativas para actuar en consecuencia de manera anticipada. Algunas de las metodologías que se llevan a cabo para el Análisis de Riesgos son: Análisis de Operabilidad y Riesgos (HAZOP: Hazard and Operability Analysis), Arboles de Falla, Listas de Verificación, What If, Matriz de Identificación de Riesgos Potenciales. Adicionalmente se efectúan modelaciones y simulaciones de los eventos jerarquizados con el mayor riesgo ambiental, tales como eventos de contaminación atmosférica, derrames, fuegos y explosiones, utilizando para ello modelos de simulación computarizada (Vgr.: los paquetes SCRI y ARCHIE). En la actualidad se encuentran publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1er y 2do Listados de Actividades Altamente Riesgosas, en el cual se determina a partir de qué cantidad, algunas sustancias químicas hacen que la actividad de la empresa sea considerada como de alto riesgo, debiendo presentar un Estudio de Riesgo y un Programa de Prevención de Accidentes a la SEMARNAT y a la ASEA

El Programa de Prevención de Accidentes es un documento aparte cuyo objetivo es documentar la organización de las acciones, personas, servicios y recursos disponibles para la atención de las contingencias, con base en la identificación de riesgos, disponibilidad de recursos materiales y humanos. Asimismo, establece la estructura jerárquica y funcional de las personas que intervendrán durante la emergencia.

A nivel estatal y dependiendo de la entidad federativa en la que nos encontremos, también existen regulaciones en materia de riesgo ambiental, la mayoría de las cuales requieren de un Estudio de Riesgo para aquellas actividades en las que se utilizan alguna de las sustancias incluidas en los Listados de Actividades Altamente Riesgosas, sólo cuando se encuentran por debajo de su cantidad de reporte.

7. REGISTO Y PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS

Toda operación industrial, comercial y de servicios genera residuos, los cuales pueden provenir del uso de materias primas, compra de insumos, envases, proceso, mantenimiento, producto terminado, oficinas, comedor o restaurante, entre otros, los cuales pueden clasificarse ‘a grosso’ en dos categorías: Residuos Peligrosos (RPs) y Residuos No Peligrosos (RNPs). Éstos últimos a su vez, pueden clasificarse como Residuos Sólidos Urbanos (RSU) y Residuos de Manejo Especial (RME). Los Residuos Peligrosos se determinan mediante prueba CRIT o bien, si ya se encuentran en los listados de clasificación de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT- 2005 y pueden ser dispuestos para su reciclaje, coprocesamiento, reutilización, tratamiento o confinamiento controlado por parte de prestadores de servicio debidamente acreditados por la SEMARNAT. Por su parte los Residuos No Peligrosos (RNPs), también pueden ser manejados para su reciclaje, coprocesamiento, reutilización o confinamiento en rellenos sanitarios, por parte de proveedores acreditados por las Autoridades Estatales y Municipales, tal y como se indica también en la LGPGIR y su Reglamento, así como otros instrumentos normativos de jurisdicción local.

El Registro como Generador de residuos, se encarga de tener en orden el tipo y cantidad de residuos que se genera en el establecimiento e inscribirlo ante la dependencia que le corresponde según sea el caso.

El Plan de Manejo comprende un análisis sistemático de los procesos para identificar áreas de oportunidad en el control y minimización de los residuos, así como en su valorización, a fin de asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, reducir el consumo o explotación de recursos naturales (huella ecológica), optimizar recursos económicos y el proceso de producción, así como disminuir el ciclo de vida de los productos. Tratándose de grandes generadores de residuos peligrosos, prestadores de servicio de manejo y disposición de residuos peligrosos, residuos minero- metalúrgicos, entre otros, el Plan deberá presentarse para su registro en la SEMARNAT y la ASEA.

8. EVALUACIÓN AMBIENTAL DE SITIO (EAS).

Cada vez resulta más imperioso para las empresas que piensan adquirir nuevos terrenos, con la finalidad de utilizarlos para la construcción de nuevas plantas industriales, comerciales y/o de servicios, es llevar a cabo, de acuerdo a la normatividad americana, una evaluación de su estatus ambiental, llamado Environmental Site Assessment en cualquiera de sus Fases I y II, mediante la cual se revisa cuidadosamente que no existan problemas de contaminación en el área y sus alrededores, llamados también pasivos ambientales, mismos que pueden afectar seriamente la operación futura de la planta o actividad que se requiera. A la fecha se han realizado estas evaluaciones para varias empresas americanas y nacionales las cuales, antes de adquirir los terrenos y desarrollar la ingeniería básica, primero se aseguran de su confiabilidad ambiental.

9. ANÁLISIS Y REMEDIACIÓN DE SUELOS (ARS).

Consiste en el análisis minucioso de los niveles de contaminación existentes en cualquier sitio -no sólo superficial sino también del subsuelo hasta la profundidad que se requiera-, identificando si son o no contaminantes peligrosos, y pasar si fuese necesario, a la etapa de remediación en cualquiera de sus dos vertientes: a) Retiro y manejo de los residuos peligrosos hasta su confinamiento final, y b) Remediación biológica in situ con las técnicas más avanzadas, aprobadas por la Environmental Protection Agency (EPA) de los Estados Unidos.

10. ABANDONO DE SITIO / CIERRE DE INSTALACIONES GENERADORAS DE RESIDUOS PELIGROSOS (AS-CIGRP).

Para los proyectos en el que los establecimientos tienen contemplado cerrar operaciones y abandonar el sitio, se realizar un Reporte de Abandono de Sitio y/o de Cierre de Operaciones, el cual es parecido a la metodología de las Evaluaciones Ambientales de Sitio, sólo que adicionalmente se complementa con una sección especial de acuerdo con el Reglamento de la Ley General de Prevención y Gestión Integral de Residuos (LGPGIR). Este reporte es un trámite obligatorio que hay que ingresar en la SEMARNAT y el servicio incluye el asesoramiento para la empresa, en donde se le explica si todo se ve en orden, qué acciones de limpieza ambiental tendrá que realizar, así como si es necesario tomar muestras de suelo para analizar y descartar contaminación en el subsuelo y si fuese necesario, las recomendaciones de las acciones de remediación a realizar. La información de los resultados forma para del reporte y se coordina con PROFEPA una visita de inspección para obtener su Visto Bueno con respecto al Abandono de Sitio, dando fe de que no existen signos visibles de pasivos ambientales.

11. ESTUDIOS ESPECIALIZADOS PARA RELLENOS SANITARIOS Y PTARs.

Además de los estudios ambientales requeridos para las autorizaciones en materia de impacto ambiental para proyectos de construcción y operación de Rellenos Sanitarios y Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales, este apartado describe nuestros servicios para la realización de Realización de Estudios Especializados tales como: Estudios Geológicos, Hidrológicos, Geotécnicos, de Topografía, Determinación de la Generación y Composición del Biogás y Lixiviados, así como construcción de pozos de monitoreo, Estudio de Riesgo Aviario, Proyectos Ejecutivos y de Clausura.

12. GESTORÍA DE PERMISOS Y LOBBYING.

Servicio de Gestoría de Permisos y Autorizaciones en Materia de Medioambiente, así como cualquier otro requisito, trámites periódicos, seguimientos a términos y condicionantes de permisos y autorizaciones, reportes ambientales, etc., requeridos por las dependencias de gobierno en esas materias, los cuales puedes ser revisados por la Procuraduría Federal de Protección Ambiental (PROFEPA) y/u otras instancias de inspección a nivel estatal y municipal. De igual forma, se ofrece el servicio de Lobbying para aquellos proyectos que por su complejidad demanden de un acercamiento preliminar con las autoridades respectivas a fin de establecer los tipos de permisos requeridos, los puntos más importantes a cubrir para asegurar su autorización, así como la planificación de la presentación de los Estudios Especializados y las solicitudes de los permisos, de forma que resulte más rápido para las dependencias el evaluarlas y dictaminarlas favorablemente, con un porcentaje muy alto de probabilidad, para las empresas, de contar con la respuesta esperada.

Entre otros…

Cumplimiento Integral

Normativas Ambientales y de Seguridad para Empresas Responsables

Registros y Acreditaciones

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